sábado, 26 de noviembre de 2011

ACCIDENTE EN CAMINO Y SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL

¿Qué ocurriría si yendo al trabajo tenemos un accidente de tráfico porque otro vehículo ha chocado con nosotros y no somos culpables?
Primeramente, habría que ver si el trabajador causa baja ó no. Si así fuera, pasaría a ser considerado (si cumple todos los requisitos jurisprudenciales en torno a la ida ó vuelta del trabajo) accidente laboral.Seguidamente, la Mutua de Accidentes ( si es que la empresa ha concertado estos riegos con una de éstas, que es lo mas probable) pasaría a abonarnos el subsidio por incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo ( siendo si nada dice el convenio ó contrato del 75% de la base de cotización por contingencias profesionales). Teniendo en cuenta que no hemos sido culpable de ese accidente, ¿puede reclamar la MATEP  al seguro de responsabilidad civil del otro conductor los abonos de el mencionado subsidio de incapacidad? Sin duda, con independencia que lo pague puntualmente después se resarcirá reclamándoselo al seguro automovilístico.
Por último habría que añadir que todo ello es independiente de la indemnización conforme a baremo que el seguro tendría que abonarnos por la producción del accidente y sus consecuencias (daños, perjucios...).

sábado, 5 de noviembre de 2011

Modelo 036.

Jornadas de interés para todos.

Jornada La energía eólica: una fuente renovable eficiente para el autoconsumo empresarial

Jornada Medidas para el ahorro energético. Ejemplos prácticos

Jornada Técnica Reindustrialización ¿Cómo formar parte del sector aeronáutico?

Jornada Oportunidades de negocio en internet y redes sociales

Seminario on-line comunicación persuasiva
Fuente: Correo interno http://www.cec.es/

miércoles, 2 de noviembre de 2011

Autónomos y cese de actividad

El ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, ha destacado que 650.000 autónomos se beneficiarán de la nueva prestación por cese de actividad, un sistema que calificó de "pionero" en Europa y "financieramente sostenible", después de que el Gobierno aprobara este viernes el real decreto que desarrolla esta norma.
Al término de la reunión del Consejo de Ministros, Gómez indicó que de esta forma se "culmina" un proceso de apoyo a este colectivo que comenzó la legislatura pasada con la aprobación del Estatuto del Trabajo Autónomo.
El ministro indicó que la entrada en vigor de esta norma era "prioritaria", dado que a partir del próximo mes de noviembre ya pueden comenzar a solicitarse las primeras peticiones de reconocimiento de esta protección, al cumplirse el periodo mínimo de cotización (doce meses) desde que se aprobó la norma para tener reconocimiento a la misma.
Se trata de un sistema contributivo en el que el trabajador autónomo cotiza el 2,2% de su base de cotización. A su vez, el trabajador que cotice por esta contingencia tendrá la ventaja de ver reducida su cotización por la cobertura de incapacidad temporal en 0,5 puntos porcentuales. La cuantía de la prestación será del 70% del promedio de bases de cotización del trabajador autónomo de los 12 últimos meses.
El órgano gestor de la prestación cubrirá los costes de la cotización por contingencias comunes durante el periodo en el que el trabajador autónomo perciba la prestación.
El número de cotizantes al sistema de protección por cese de actividad es de 502.263. El próximo mes de enero, una vez aprobada la norma, se incorporarán al sistema los trabajadores por cuenta propia agrarios. En la actualidad hay cerca de 150.000 agrarios que tienen cubiertas las contingencias profesionales.
TRABAJADORES AUTÓNOMOS AGRARIOS.
El texto tiene en cuenta la especificidad de las labores agrícolas y ganaderas y establece el cese temporal de actividad en los siguientes supuestos: cambio de cultivo o actividad ganadera por fuerza mayor, durante el periodo necesario para el desarrollo del nuevo cultivo o ganadería; daño en las explotaciones agrarias o ganaderas por fuerza mayor, durante el tiempo imprescindible para la recuperación de las mismas; periodo de erradicación de enfermedades en explotaciones ganaderas, y en caso de violencia de género que determine el cese temporal de la actividad de la trabajadora afectada.
Los comuneros y socios de sociedades de cualquier naturaleza agrícola o ganadera, que cesen en su condición de tales, también tendrán derecho a la prestación por cese de actividad, cuando acrediten que éste se debe a las pérdidas económicas.
El real decreto aprobado este viernes cumple con tres mandatos de la Ley de la prestación por cese de actividad. En primer lugar la documentación a presentar: el trabajador autónomo solicita al órgano gestor el reconocimiento del derecho en el plazo de un mes desde que cese la actividad. La percepción de la prestación y la cotización efectuada por el órgano gestor se realizarán a partir del mes siguiente al reconocimiento.
Respecto al segundo mandato, la nueva norma establece las condiciones y supuestos específicos para la protección por cese de actividad de los trabajadores por cuenta propia agrarios. Por último, fija los supuestos y requisitos para acceder al pago único de la prestación.
El Gobierno precisa que para el desarrollo del real decreto se han tenido en cuenta las observaciones de los interlocutores sociales, de las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos, de las comunidades autónomas y del Consejo de Estado.
Fuente: Europa Press

Informe OIT sobre España.

La OIT demanda a España un "plan de choque" para mejorar el empleo juvenil y adecuar salarios a productividad


La Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha demandado un "plan de choque" para mejorar las perspectivas de empleo de los jóvenes españoles, que padecen un 45% de tasa de paro, así como "alinear" el crecimiento de los salarios con el crecimiento de la productividad para fomentar la competitividad en España.
En su 'Informe sobre Trabajo en el Mundo 2011', la OIT añade además que es preciso un ajuste de las políticas en materia de educación, competencias profesionales y formación al nuevo modelo de crecimiento, así como promover las políticas activas de empleo al tiempo que se presta apoyo adecuado a los desempleados. En cuarto lugar, defiende que continúen los esfuerzos por reducir la temporalidad.
Estas son las principales recomendaciones que realiza la OIT a España, después de que la tasa de paro haya escalado hasta el 21,3% en el primer trimestre de 2011, más de 13 puntos porcentuales por encima de la de 2008. Así, destaca que 2,3 millones de empleos seguían siendo necesarios en España para recuperar el nivel de empleo anterior a la crisis.
Asimismo, advierte de que el nuevo deterioro de las perspectivas económicas mundiales desde 2010 podría afectar aún más la situación del empleo. "Esto es preocupante puesto que indicadores recientes sugieren que el crecimiento del empleo ya ha empezado a reducirse en muchos países", subraya la OIT.
Ante este panorama, la organización internacional considera que fomentar la inversión productiva y el apoyo a las pymes es "crucial" para la creación de empleo en España. Para ello, indica que es preciso primero hacer frente a una serie de problemas estructurales subyacentes, en particular las cuestiones relacionadas con las restricciones de crédito y la gobernabilidad corporativa.
VINCULAR SALARIOS A PRODUCTIVIDAD.
La OIT también apuesta por una "mejor alineación" del crecimiento de los salarios con el crecimiento de la productividad para fomentar la competitividad en España. "La efectividad de las políticas de fijación de salarios dependerá, en primer lugar, de los esfuerzos y en segundo lugar, de la capacidad para revertir las limitaciones de la negociación colectiva en relación con las prácticas de fijación de salarios", añade.
Según la organización internacional, en España, la "incapacidad" para hacer frente a la crisis de empleo ha dado lugar a un aumento del descontento social. Así, en 2010 el 77% de las personas encuestadas indicó que no estaban satisfechas con la disponibilidad de oportunidades de empleo. Además, la confianza de los entrevistados en el gobierno nacional había caído de un 48% de aceptación en 2007 a un 30% en 2010.
En el ámbito internacional, el informe de la OIT destaca que la economía mundial, que había empezado a recuperarse de la crisis, ha entrado en una nueva fase de debilitamiento económico. Así, el crecimiento económico de las principales economías avanzadas se ha estancado y la recesión ha regresado en algunos países, sobre todo en Europa. De la misma manera, el crecimiento ha disminuido en varios países emergentes y en vías de desarrollo.
EN SEIS MESES EL EMPLEO EMPEORARÁ AÚN MÁS.
Es de esperar, añade la OIT, que el actual debilitamiento económico impacte a los mercados de trabajo en aproximadamente seis meses. Mientras que en las primeras etapas de la crisis mundial fue posible retrasar o atenuar, hasta cierto punto, la pérdida de empleos, es probable que la desaceleración que se vive actualmente tenga un impacto "rápido y marcado", advierte.
"Los programas públicos de apoyo al empleo y a los ingresos, que a principios de la crisis mundial habían demostrado ser muy efectivos amortiguando la pérdida de puestos de trabajo, podrían ser reducidos drásticamente debido a las medidas de austeridad fiscal que cada vez más países están adoptando", alerta la OIT.
Según los últimos indicadores que maneja la organización, la desaceleración del empleo ha empezado ya a materializarse y es evidente en dos tercios de las economías avanzadas y en la mitad de los países emergentes y en vías de desarrollo con disponibilidad de datos.
Mientras tanto, los jóvenes siguen entrando al mercado laboral. Como consecuencia, la OIT calcula que durante los próximos dos años será necesario crear alrededor de 80 millones de nuevos puestos de trabajo, 27 millones en las economías avanzadas y el resto, en los países emergentes y en vías de desarrollo, para restablecer las tasas de empleo existentes antes de la crisis.
Sin embargo, afirma que dada la reciente desaceleración de la economía, es probable que tan sólo la mitad de estos empleos pueda ser creado, por lo que estima que los niveles de empleo en las economías avanzadas no volverán a la situación registrada antes de la crisis hasta el 2016, es decir, un año más tarde de lo previsto por el anterior informe de la OIT sobre el trabajo en el mundo, del año 2010.
Fuente: Europa press.

Permiso de paternidad. Duración.

La ampliación del permiso por paternidad, adopción o acogimiento que iba a entrar en
vigor el 1 de Enero de 2011 y ampliaba el periodo de disfrute de 2 semanas a 4
semanas, retrasará su entrada en vigor hasta el 1 de enero de 2012.